Guía práctica

Compensación de ganancias en el divorcio: calcular bien la casa, la deuda pendiente y la amortización

Cómo entran casa, deuda pendiente y amortización (Tilgung) en la compensación de ganancias: valor de mercado menos préstamo, fecha clave, herencia y pago.

Cuando un matrimonio termina sin capitulaciones matrimoniales, se compensan las ganancias. Si hay de por medio una casa con un préstamo aún en curso, una pregunta decide sobre todo el importe de la compensación: ¿cuánto vale el inmueble en la fecha clave determinante y cuál es la deuda pendiente? Desde hace más de 60 años acompañamos a propietarias y propietarios en Düsseldorf y Renania del Norte-Westfalia, también en la delicada situación de una separación. Esta guía le explica con calma y de forma comprensible cómo el valor de mercado y la amortización (Tilgung) entran en el cálculo de la compensación de ganancias (Zugewinnausgleich), qué fechas clave rigen y qué importa en caso de adjudicación o venta. Se trata de información general y no de un asesoramiento jurídico.

Principio básico: qué compensa realmente la compensación de ganancias

Sin capitulaciones matrimoniales, los cónyuges viven en el régimen económico legal de la comunidad de ganancias (Zugewinngemeinschaft) (§ 1363 BGB). En contra de un malentendido extendido, con ello no se forma un patrimonio común: cada cónyuge sigue siendo propietario de lo que le pertenece. Solo cuando termina el régimen, por ejemplo por divorcio, se compensa la ganancia obtenida durante el matrimonio.

La ganancia es el importe en que el patrimonio final (Endvermögen) supera al patrimonio inicial (Anfangsvermögen) de un cónyuge (§ 1373 BGB). Se comparan ambas ganancias. Quien haya obtenido la mayor ganancia debe al otro la mitad del excedente como crédito de compensación (§ 1378 BGB).

Importante: la compensación de ganancias es un puro derecho de crédito en dinero. La casa en sí no cambia automáticamente de propietario por la compensación y no se parte por la mitad. Solo se incorpora con su valor al balance patrimonial. A quién pertenece jurídicamente la casa consta en el registro de la propiedad y, en principio, debe considerarse por separado.

Patrimonio inicial, patrimonio final y las fechas clave correctas

Para cada cónyuge se contraponen dos estados patrimoniales:

  • El patrimonio inicial (Anfangsvermögen) es el patrimonio tras deducir las deudas al comienzo del régimen, es decir, por regla general el día de la celebración del matrimonio (§ 1374 ap. 1 BGB). También puede ser negativo si predominaban las deudas.
  • El patrimonio final (Endvermögen) es el patrimonio tras deducir las deudas al terminar el régimen (§ 1375 ap. 1 BGB).

En un divorcio rige una particularidad importante respecto a la fecha clave: para el cálculo de la ganancia y el importe del crédito de compensación, en lugar de la terminación del régimen se toma el momento de la pendencia de la demanda de divorcio (Rechtshängigkeit), es decir, la notificación de la demanda al otro cónyuge (§ 1384 BGB). Por tanto, lo determinante, por regla general, no es la fecha de la separación ni el día del divorcio, sino esta fecha clave procesal.

En ambos estados patrimoniales entran respectivamente todos los activos y pasivos, es decir, saldos, objetos de valor e inmuebles, así como créditos pendientes.

La casa en el balance: valor de mercado menos deuda pendiente

En la compensación de ganancias, un inmueble no se computa por el antiguo precio de compra ni por el valor catastral fiscal, sino por su valor de mercado en la fecha clave (§ 1376 BGB). Es el valor que de forma realista podría obtenerse en una venta en el mercado libre en ese momento.

En el otro lado está el préstamo. La deuda pendiente aún viva en la fecha clave se deduce como pasivo. Lo que queda es el valor neto determinante para el cálculo:

Valor de mercado en la fecha clave menos deuda pendiente = valor neto del inmueble

Si la casa pertenece a ambos cónyuges por mitades, ese valor neto se asigna proporcionalmente a sus respectivos patrimonios. Si pertenece a uno solo, el valor neto íntegro entra en su patrimonio. Justo por ello es tan decisiva una valoración adecuada y neutral a la fecha clave correcta: ya una desviación de pocos puntos porcentuales en el valor de mercado puede desplazar sensiblemente el crédito de compensación.

Cómo la amortización durante el matrimonio aumenta la ganancia

Cada amortización (Tilgung) reduce la deuda pendiente. Si baja la deuda pendiente, sube el valor neto del inmueble y con ello aumenta también la ganancia del lado del propietario. A través de la compensación, este incremento de valor beneficia indirectamente a ambos cónyuges.

Un ejemplo simplificado lo aclara. Un cónyuge es propietario único:

  • Al celebrarse el matrimonio: casa 300.000 euros, deuda pendiente 280.000 euros, es decir, un valor neto de 20.000 euros en el patrimonio inicial.
  • En la fecha clave: casa 350.000 euros, deuda pendiente 200.000 euros, es decir, un valor neto de 150.000 euros en el patrimonio final.

La ganancia procedente del inmueble asciende aquí a 130.000 euros. En ella hay dos efectos: la revalorización de la casa y la amortización realizada. Ambos aumentan la ganancia.

Lo decisivo es: para la compensación de ganancias no importa quién pagó las cuotas durante el matrimonio intacto. En el marco de la ganancia no tiene lugar una compensación separada de las distintas cuotas de amortización. El efecto de la amortización ya queda reflejado a través del mayor valor neto.

Caso especial de casa heredada o donada: patrimonio inicial privilegiado

El patrimonio que un cónyuge adquiere durante el matrimonio por herencia, en atención a un futuro derecho sucesorio o por donación se suma al patrimonio inicial (§ 1374 ap. 2 BGB). Se habla de patrimonio inicial privilegiado. El valor heredado o donado en sí mismo no queda sujeto, por ello, a la compensación.

Pero cuidado, aquí reside un error frecuente: solo está privilegiado el valor en el momento de la adquisición (§ 1376 ap. 1 BGB). En cambio, una revalorización posterior del inmueble heredado o donado cuenta como ganancia y está sujeta a compensación.

Un ejemplo: un cónyuge hereda durante el matrimonio una casa que en el momento de la herencia vale 200.000 euros. En la fecha clave vale 300.000 euros. Los 200.000 euros figuran como patrimonio inicial privilegiado, la revalorización de 100.000 euros cae en la ganancia. También por ello hace falta una valoración sólida tanto en el momento de la adquisición como en la fecha clave.

El préstamo tras la separación: quién paga y quién responde

Aquí hay que distinguir la relación externa de la interna. Si ambos cónyuges firmaron el contrato de préstamo, responden ante el banco como deudores solidarios (§ 421 BGB). Esto significa: el banco puede reclamar a cualquiera de los dos el importe íntegro. Una separación o un divorcio no cambian nada en esta responsabilidad contractual. Un cónyuge solo queda liberado de la corresponsabilidad si el banco lo consiente expresamente.

En la relación interna entre ellos rige: si, tras la separación, uno paga las cuotas solo, cabe considerar un derecho de compensación frente al otro por el tiempo a partir de la separación (§ 426 BGB). En cambio, para las amortizaciones durante el matrimonio intacto no existe, por regla general, tal derecho de reembolso.

Estos pagos corrientes deben separarse cuidadosamente del cálculo de la compensación de ganancias. Aunque en la práctica ambos temas se regulan a menudo juntos, siguen fundamentos jurídicos distintos. Cómo encuadrar exactamente esto en su caso debería aclararse con su abogada o su abogado.

Adjudicación y pago o venta: qué significa eso para el valor

Si la casa pertenece a ambos cónyuges, hay esencialmente dos vías. En la primera, un cónyuge se adjudica la casa y paga al otro. La referencia para el pago es el valor neto, es decir, valor de mercado menos deuda pendiente, conforme a las cuotas de propiedad. En la práctica, para ello suele tener que ser sostenible la financiación de continuidad y el otro cónyuge debe quedar liberado de la responsabilidad del préstamo, lo que requiere el consentimiento del banco.

En la segunda vía, el inmueble se vende. Del producto se amortiza primero el préstamo, y el producto neto restante se reparte según las cuotas de propiedad. Una venta crea relaciones claras y evita años de vínculo común al objeto y al crédito.

En ambos casos rige: una valoración objetivamente correcta y comprensible a la fecha clave determinante es la base común. Protege frente a disputas sobre supuestos demasiado altos o demasiado bajos y es a la vez la base para el cálculo del crédito de compensación. Por lo demás, los acuerdos sobre la compensación de ganancias que se celebren durante un procedimiento de divorcio en curso requieren escritura notarial (§ 1378 ap. 3 BGB).

Guía práctica

Preguntas frecuentes

¿La casa se parte simplemente por la mitad en la compensación de ganancias?

<p>No. La compensación de ganancias es un puro derecho de crédito en dinero. La casa no cambia automáticamente de propietario. Solo se incorpora al balance patrimonial con su valor neto, es decir, valor de mercado menos deuda pendiente. Quién se queda la casa depende de la situación de propiedad y del acuerdo de los cónyuges.</p>

¿Qué valor de la casa es determinante, el precio de compra o el valor de mercado?

<p>Determinante es el valor de mercado en la fecha clave (§ 1376 BGB), no el anterior precio de compra ni el valor catastral fiscal. El valor de mercado es el precio realistamente obtenible en el mercado en ese momento. Por ello, una valoración neutral y fundada es la base para un cálculo justo.</p>

¿Qué fecha clave rige para la valoración?

<p>Para el cálculo de la ganancia y el importe del crédito de compensación rige el momento de la pendencia de la demanda de divorcio, es decir, su notificación al otro cónyuge (§ 1384 BGB). Por regla general, no es la fecha de la separación ni el día del divorcio. A esta fecha clave se determinan el valor de mercado y la deuda pendiente.</p>

¿Aumenta la amortización durante el matrimonio la ganancia?

<p>Sí. Cada amortización reduce la deuda pendiente y aumenta así el valor neto del inmueble y la ganancia del propietario. En el marco de la ganancia no tiene lugar una compensación separada de las distintas cuotas de amortización, porque el efecto ya se tiene en cuenta a través del mayor valor neto. Quién pagó las cuotas no influye en ello.</p>

Mi casa es heredada, ¿queda totalmente fuera de la compensación?

<p>No del todo. Un inmueble heredado o donado cuenta, con su valor en el momento de la adquisición, dentro del patrimonio inicial privilegiado (§ 1374 ap. 2 BGB). En cambio, una revalorización posterior hasta la fecha clave pertenece a la ganancia y está sujeta a compensación. Vale la pena determinar ambos valores con precisión.</p>

¿Quién debe pagar las cuotas del crédito tras la separación?

<p>Si ambos firmaron el contrato de préstamo, ambos responden ante el banco por el importe íntegro como deudores solidarios (§ 421 BGB); una separación no lo cambia. Si, tras la separación, uno paga solo, en la relación interna cabe considerar una compensación frente al otro (§ 426 BGB). El encuadre exacto debería aclararlo con su abogada o su abogado.</p>

Valoración neutral a la fecha clave como base

Una valoración objetivamente correcta y comprensible de su inmueble a la fecha clave determinante es la base para una compensación de ganancias justa, y también resulta útil cuando se plantea una venta discreta. A lo largo de décadas ha surgido en Düsseldorf y Renania del Norte-Westfalia una red consolidada con más de 20.000 contactos, que utilizamos de forma confidencial. Si desea una estimación neutral y fundada del valor de su casa, póngase en contacto con nosotros sin compromiso.

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